Derecho Laboral

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ICAM N.º 84.321Primera consulta sin cargo
JUSTICIA

¿Qué derechos tengo si me despiden o no me pagan en España?

El derecho laboral español protege al trabajador con garantías del Estatuto de los Trabajadores. Frente a un despido improcedente, corresponde una indemnización de 33 días de salario por año trabajado (máximo 24 mensualidades) para contratos posteriores a febrero de 2012, o 45 días por año para la parte anterior. El plazo para impugnar un despido es de 20 días hábiles (art. 59.3 ET): es de caducidad, no lo deje pasar.

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Despido improcedente: ¿qué me corresponde?

Declarado improcedente el despido, la empresa debe optar entre readmitir o indemnizar. La indemnización es de 33 días por año (máximo 24 mensualidades) para contratos desde el 12/02/2012, más la parte proporcional de pagas extraordinarias y vacaciones no disfrutadas. Si el despido es nulo (vulneración de derechos fundamentales, embarazo, etc.), hay derecho a readmisión inmediata.

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El plazo de 20 días hábiles

Este es el error más frecuente: el trabajador espera y deja pasar el plazo de 20 días hábiles desde el despido (art. 59.3 ET). Vencido, la acción caduca y se pierde el derecho a impugnar. Antes de acudir al juzgado es obligatorio intentar la conciliación administrativa (papeleta ante el SMAC). Consulte de inmediato si le han despedido.

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Reclamación de salarios impagados

Los salarios impagados prescriben al año (art. 59.2 ET). Puede reclamar salarios, horas extraordinarias, pagas extraordinarias, vacaciones y complementos. Si la empresa está en situación de insolvencia, el FOGASA responde subsidiariamente de salarios e indemnizaciones hasta los límites legales.

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Preguntas frecuentes sobre derecho laboral

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